I. INTRODUCCIÓN
El presente Código de Buen Gobierno (en adelante, el “Código”) complementa los Estatutos de la Fundación Rafael del Pino (en adelante, la “Fundación”) y las demás normas internas de las que la misma se ha dotado, y trae causa de la decisión de su Patronato de dotarse de un conjunto de recomendaciones cuyo objetivo es la mejora del gobierno de la Fundación para cumplir eficientemente su misión en los términos decididos por su Fundador.
El presente Código sigue los principios de la Asociación Española de Fundaciones, así como las convenciones europeas e internacionales en la materia.
II. CONTABILIDAD, TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
La Fundación llevará una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad. Con independencia de la rendición de cuentas al Protectorado, la Fundación hará pública la información económica y financiera relevante, actualizada y veraz a través de su página web.
Asimismo, hará público su informe de auditoría mediante su inclusión en su página web.
La Fundación publicará anualmente una Memoria que reproducirá en su página web. En su redacción seguirá las líneas habituales en el sector fundacional y las recomendaciones internacionales generalmente aceptadas. La Memoria incluirá un apartado acerca del grado de cumplimiento de las recomendaciones de buen gobierno contenidas en el presente Código y las causas de su eventual incumplimiento.
La información relevante en relación con la Fundación y sus actividades se hará pública a través de su página web y se mantendrá actualizada en todo momento.
III. CONTROL Y SUPERVICIÓN FINANCIERA
La Fundación cuenta con normas internas en relación con la selección y gestión de las inversiones temporales, de acuerdo con las directrices de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Las cuentas de la Fundación se someterán anualmente a auditoría externa de carácter independiente.
La Fundación deberá, en todo momento, mantener el valor de su patrimonio en términos reales para lo que realizará las actuaciones oportunas.
Anualmente, la Fundación preparará un documento sobre la política de inversiones, el retorno esperado, los requerimientos de liquidez, la tolerancia de riesgos, las obligaciones fiscales y legales y cualquier otra circunstancia relevante que se someterá a la consideración del Patronato.
IV. PREVENCIÓN DEL DELITO (Corporate Compliance)
La Fundación velará por el cumplimiento de los mecanismos de “debido control” que ha adoptado para prevenir la comisión de hechos delictivos en el seno de la misma. Al efecto, cuenta con un Protocolo de gestión, investigación y respuesta y un Procedimiento de prevención de insolvencias punibles y de tramitación de oficios, notificaciones y embargos. Asimismo, cuenta con un Código de uso de herramientas informáticas y con un Protocolo para la prevención de los delitos de corrupción pública y privada.
El Patronato designó un responsable del seguimiento, actualización y mejora del Sistema de prevención del delito. Dicho responsable debe realizar, anualmente, un informe en materia de Corporate Compliance.
V. POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
La Fundación garantiza que los usuarios de los medios tecnológicos hagan un uso adecuado, responsable y lícito de los mismos y actúen de acuerdo con la política de seguridad de la información aprobada por la Fundación.
VI. PACTO MUNDIAL
La Fundación seguirá fiel a su compromiso de apoyar y difundir los 10 Principios que inspiran el Pacto Mundial de Naciones Unidas